Lo que hay que saber: Prestaciones para las familias de los veteranos fallecidos

La pérdida de un ser querido es un momento difícil para las familias, y si el veterano era el único miembro de la familia que ganaba dinero, eso puede ser una causa de ansiedad adicional. Conseguir las prestaciones por fallecimiento de los veteranos podría ayudar a aliviar esta tensión en la familia. Afortunadamente, el Departamento de Asuntos de los Veteranos de los Estados Unidos (VA) ofrece prestaciones monetarias a las familias de los veteranos. El derecho a las prestaciones por fallecimiento de veteranos se extiende no sólo al cónyuge sino también a sus hijos. Hay diferentes tipos de prestaciones del VA a las que pueden optar las familias.

Pensión de supervivencia

Los familiares de los veteranos que han servido en las fuerzas armadas tienen derecho a la Pensión de Supervivencia si cumplen con los criterios específicos de ingresos y patrimonio neto decididos por el Congreso.

Como cónyuge superviviente. Para tener derecho a esta prestación, no debe haberse vuelto a casar desde el fallecimiento de su cónyuge, y este no debe haber tenido una baja deshonrosa. Su cónyuge también debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

  • Incorporarse al servicio activo el 7 de septiembre de 1980 o antes, con al menos 90 días de servicio activo

  • Entró en el servicio activo después del 7 de septiembre de 1980, con al menos 24 meses de servicio o sirvió toda la duración para la que fue inicialmente llamado a servir; esto debe incluir al menos un día de servicio durante un período de guerra cubierto

  • Fue un oficial que se incorporó al servicio activo después del 16 de octubre de 1981 y no tiene ninguna hoja de servicios anterior durante al menos 24 meses

Además, sus ingresos anuales deben cumplir los límites decididos por el Congreso.

Como hijo superviviente. Puedes optar a las prestaciones de la VA si no estás casado y cumples al menos una de las siguientes condiciones:

  • Eres menor de 18 años.

  • Eres menor de 23 años y asistes a una escuela aprobada por el VA.

  • Tienes una discapacidad ocurrida antes de cumplir los 18 años que te incapacita para cuidar de ti mismo.

Indemnización por dependencia e indemnización

La Compensación de Dependencia e Indemnización (DIC) es una prestación monetaria del VA libre de impuestos para los cónyuges, hijos y padres de los veteranos fallecidos. Para tener derecho a ello:

Como cónyuge superviviente. Debe haber vivido con el veterano de forma continua hasta su muerte o, si está separado, la separación no fue culpa suya.

Tenga en cuenta que aún puede obtener una compensación después de haberse vuelto a casar si lo hizo después del 16 de diciembre de 2003 y tenía más de 57 años cuando se casó de nuevo. También puedes obtener una indemnización si te has vuelto a casar después del 5 de enero de 2021 y tenías más de 55 años cuando te volviste a casar.

Además, también debe cumplir al menos uno de los siguientes criterios:

  • Te casaste con el veterano dentro de los 15 años siguientes a su baja del servicio, y la lesión o enfermedad que da derecho a las prestaciones a tu cónyuge comenzó o se agravó durante ese periodo.

  • Estuvo casado con su cónyuge durante al menos un año.

  • Tienes un hijo con el veterano.

Como hijo superviviente. Si eres hijo de un veterano, debes cumplir todos los criterios siguientes:

  • No estás casado.

  • Tu nombre no está incluido en la indemnización que recibe el cónyuge del veterano.

  • Tu edad es menor de 18 años o, si estás estudiando, menor de 23.

Si has nacido en la familia de un veterano pero has sido adoptado fuera de la familia de un veterano, sigues teniendo derecho a las prestaciones si cumples todos los demás criterios.

Como padre o madre superviviente. Como padre o madre de un veterano, debes cumplir con los dos criterios mencionados a continuación para tener derecho a la indemnización:

  • El veterano es su hijo adoptivo, biológico o de acogida.

  • Sus ingresos están por debajo de los niveles establecidos por el Congreso.

Asistencia sanitaria para los familiares de los veteranos

Los familiares de los veteranos también pueden obtener prestaciones sanitarias a través de varios programas.

El Programa de Asistencia Integral a los Cuidadores Familiares. Este programa proporciona acceso a servicios como estipendios, seguro médico, asesoramiento en salud mental, formación para cuidadores y atención de relevo para veteranos y cuidadores con lesiones graves debidas a actividades de combate.

TRICARE. Este programa ofrece una amplia cobertura sanitaria a los miembros del servicio activo y a los fallecidos, a los soldados de la Guardia Nacional, a los reservistas y a los receptores de la Medalla de Honor.

El Programa Médico y de Salud Civil del Departamento de Asuntos de Veteranos (CHAMPVA). Si no es elegible para TRICARE, este programa puede proporcionar acceso a un seguro de salud a través de facilidades de costo compartido para los cónyuges e hijos de veteranos.

El Programa de Beneficios de Atención Médica para la Espina Bífida. Este programa apoya a los hijos biológicos de veteranos de las guerras de Corea y Vietnam que tienen espina bífida, un defecto de nacimiento que afecta al desarrollo normal de la médula espinal.

Programa de familiares de Camp Lejeune. Este programa ofrece prestaciones sanitarias a los hijos y cónyuges que convivieron con veteranos y contrajeron enfermedades específicas al entrar en contacto con contaminantes en la Base del Cuerpo de Marines de EE.UU. en Camp Lejeune o en la Estación Aérea del Cuerpo de Marines en Carolina del Norte.

Programa de prestaciones sanitarias para hijos de veteranos de Vietnam. Este programa proporciona beneficios a los hijos biológicos de las mujeres veteranas de guerra que sirvieron en Vietnam y que han sido diagnosticados con defectos de nacimiento cubiertos.

Subsidio para el entierro de veteranos

Puedes obtener los beneficios de entierro de la VA si no estás recibiendo el reembolso de estos gastos por parte de ninguna otra organización. Además, también debes ser uno de los siguientes:

  • Un cónyuge superviviente (esto incluye a los matrimonios del mismo sexo)

  • Una pareja superviviente de una unión legal (respaldada por un documento legal del estado que reconoce la unión)

  • Un hijo superviviente del veterano

  • Uno de los padres del veterano

  • Un representante oficial del veterano, como un albacea de la herencia

El veterano no debe haber tenido una baja deshonrosa y debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

  • Haber fallecido por una discapacidad relacionada con el servicio

  • Murió mientras recibía atención en un centro de la VA o en un centro contratado por la VA

  • Fallecido durante un viaje autorizado a cargo del VA para un examen, tratamiento o cuidado ya sea desde o hacia un centro

  • Fallecido en el transcurso de la percepción de una pensión

  • Falleció cuando tenía derecho a una pensión, pero obtuvo la paga completa de jubilación militar o de invalidez

  • Murió con una solicitud de pensión original o reabierta que estaba pendiente en el momento de su muerte

La VA también cubre el costo del transporte de los restos para ser enterrados en un cementerio nacional. El VA no cubrirá el costo si el veterano:

  • Murió mientras estaba en servicio

  • Fallecido mientras ejercía como miembro del Congreso

  • Murió mientras prestaba servicio en la cárcel

Para obtener más información sobre estos y otros beneficios, puede visitar el sitio web del Departamento de Asuntos de los Veteranos de los Estados Unidos.

Preguntas más frecuentes

El Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos apoya a las familias de varios veteranos en todo el país. Puede aprender más sobre los beneficios leyendo algunas de las preguntas más frecuentes.

Q. Cómo se puede solicitar la indemnización?

A. Tendrá que rellenar formularios específicos dependiendo de su relación con el veterano. Puede ponerse en contacto con un representante autorizado para que le ayude con el proceso o utilizar la herramienta de carga directa en el sitio web del VA. También puede enviar su solicitud por correo al Department of Veterans Affairs Pension Intake Center, PO Box 5365 Janesville, WI 53547-5365, o visitar la oficina regional del VA más cercana.

Q. ¿Qué pruebas debe presentar para respaldar su solicitud?

A. Las pruebas pueden incluir documentos como los registros del servicio militar, informes de médicos y pruebas médicas para respaldar cualquiera de las siguientes reclamaciones:

  • Que el veterano falleció en acto de servicio a causa de una lesión o enfermedad durante el servicio activo o el entrenamiento en servicio activo

  • Que el veterano haya fallecido a causa de una lesión o una enfermedad cubierta en el cumplimiento del deber durante el entrenamiento en servicio inactivo

  • Que el veterano haya fallecido por una enfermedad o lesión relacionada con el servicio

Q. Quién es un padre de acogida?

A. El VA define a los padres de acogida como cualquier persona que haya servido en el papel de padre del veterano antes de que entrara en su último servicio activo.

Q. ¿Cómo se calcula el patrimonio neto?

A. Su patrimonio neto se calcula restando sus deudas (si las hay) del valor total de todo lo que posee (excluyendo su casa, su coche y sus muebles).

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